La reforma de
El
deudor tiene la obligación de solicitar ante el Juzgado Mercantil la
declaración de concurso de su empresa dentro de los dos meses siguientes a la
fecha en que hubiera conocido o debido conocer su situación de insolvencia. No
obstante, si antes de ese momento pone en conocimiento del Juzgado que ha
iniciado negociaciones con sus acreedores para alcanzar un acuerdo de
refinanciación o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio,
dispone de cuatro meses para presentar su concurso, siempre que su situación de
insolvencia persista.